jueves, 14 de julio de 2016

EXIGIMOS UNOS CRITERIOS PARA LA BONIFICACIONES DEL ICIO MÁS JUSTOS


Hemos manifestado en distintas ocasiones, tanto en sesiones plenarias como comisiones informativas, la necesidad de modificar la ordenanza municipal reguladora del impuesto de construcción, instalaciones y obras (ICIO); creemos que es necesario completarla y hacerla más especifica en el apartado de las bonificaciones de estos impuestos. A partir de estas mejoras, dicha ordenanza puede convertirse en una herramienta más útil para los técnicos municipales y en una normativa más justa para la ciudadanía. 

 Según el artículo 6, de la actual ordenanza municipal que regula tales impuestos, se bonificará hasta el 95% a favor de las construcciones, instalaciones y obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración. Correspondiendo dicha declaración al Pleno de la Corporación, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros. 

 Participa entiende que para hacer esta ordenanza más imparcial y evitar confrontaciones, los grupos municipales deben decidir unos criterios más concretos y objetivos para la aplicación de esta bonificación. En otras localidades, estas circunstancias que motivan la bonificación se acompañan con tablas, que clasifican y regulan el grado de cumplimiento de los mismos, dejando a un lado la voluntad política en estas decisiones. Consideramos más acertadas esta forma de actuar y por ello hemos solicitado al Equipo de Gobierno: 

  •  Informe técnico en relación al ICIO, que contenga: comparativa de las bonificaciones que se aplican en otros pueblos y propuestas de los técnicos municipales de urbanismo. 
  •  Estudio del citado informe en la comisión informativa de urbanismo de mes septiembre. 

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