Mostrando entradas con la etiqueta VETERINARIOS. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta VETERINARIOS. Mostrar todas las entradas

martes, 12 de abril de 2016

PROPUESTA PARA LA ORDENANZA DE LOS CENTROS DE ANIMALES DOMÉSTICOS

En relación a la ORDENANZA DE CENTROS VETERINARIOS Y CENTROS PARA LA VENTA, ADIESTRAMIENTO Y CUIDADO DE ANIMALES DE COMPAÑÍA, hemos realizado las siguientes propuestas al borrador que se aprobó en el último pleno:

• En el art. 6, referente al procedimiento de inscripción, incluir la obligatoriedad de un Informe Técnico-Sanitario, sobre las condiciones de manejo, higiene y profilaxis, suscrito por un veterinario legalmente capacitado.

• Incluir un soporte informático para el Registro Municipal de Centros Veterinarios y Centros para la Venta, Adiestramiento y Cuidado de los Animales de Compañía, en el que se practicarán los asientos de inscripción regulados por la presente ordenanza.

• Designar el empleado o empleada público municipal encargado de la gestión del registro y de procurar su actualización del mismo, de las labores de inspección y control de los centros sujetos a inscripción registral; sin perjuicio de las inspecciones que la Consejería de Agricultura y Pesca y/o Consejería de la Junta de Andalucía con competencias en animales de compañía puedan llevar a cabo en el ámbito de sus competencias.

• Concretar la periodicidad de las inspecciones municipales; no pudiendo superar el plazo máximo de 18 meses entre inspecciones.

• Especificar en la ordenanza, lo dispuesto en el apartado 3 del art. 16 del Decreto 65/2012 de 13 marzo, que recoge que el Ayuntamiento procederá a comunicar la inscripción en el registro de un establecimiento, al organismo competente de la Junta de Andalucía.