miércoles, 14 de octubre de 2015

Exención del impuesto de plusvalía a las daciones en pago.

Participa Carmona se alegra de que se haya eximido del impuesto de plusvalía a las daciones en pago, una reclamación que llevan haciendo desde hace meses. La reciente modificación de la ordenanza y la publicación en la web del ayuntamiento dicha adaptación supone un avance en la sensibilidad del consistorio ante las situaciones especiales de algunos ciudadanos.

A principio del mes de agosto, Participa, junto a IU Carmona, informaron al servicio de Intervención del Excmo. Ayuntamiento de Carmona, de la necesidad de modificar de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, para adecuarla a la normativa vigente (Decreto-Ley 8/14, de 4 de julio, más concretamente, a la modificación del artículo 105 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). Del mismo modo, el 26 de agosto (con registro de entrada 9663) exigimos la devolución del impuesto de plusvalía en los casos de dación en pago de forma retroactiva, que se identificara e informara a los sujetos pasivo de esta exención y que se realizara una campaña informativa pública sobre el proceso de devolución . Posteriormente, el 22 de Septiembre, Participa Carmona, junto a IU, iniciaron una campaña informativa para dar a conocer la excepción del impuesto de plusvalía, atendiendo a las recomendaciones que el Defensor del Pueblo Andaluz envió a todos los ayuntamientos. Igualmente, en el pleno del pasado 30 de septiembre y en la ronda de portavoces de la televisión local, han defendido la necesidad de dar a conocer esta exención de impuestos.

Participa recuerda que están exentas del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana las transmisiones realizadas con ocasión de la dación en pago a una entidad financiera de la vivienda habitual de un deudor o garante del mismo a partir del 1 de enero de 2010.




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